El año pasado la Comisión Federal de Competencia (COFECO) impuso
una multa a Telcel por 11 mil 989 millones de pesos, por reincidir en la
comisión de una práctica monopólica relativa: imponer un precio anticompetitivo
en las llamadas de voz dentro de su red (on-net), menor a la tarifa de
interconexión que cobra a sus competidores por la terminación de llamadas en su
red (off-net).
Es importante destacar que la sanción impuesta por la COFECO a
Telcel fue el resultado de prácticas contrarias a un efectivo sistema de
competencia, cometidas reiteradamente por Telcel durante varios años.
Como oportunamente destacó Ernesto Piedras, reconocido experto
en temas relacionados con la industria de las telecomunicaciones, el monto de
la multa no en realidad no resultaba significativo para Telcel si simplemente
se consideraban las ganancias que obtiene en México. Se estima que las
utilidades anuales de Telcel ascienden a 10 veces al monto de la multa que
había fijado la COFECO. De considerarse las ganancias anuales de América Móvil,
la multa impuesta por la COFECO apenas representa el 1.8 por ciento de sus
utilidades anuales.
Además el monto establecido en la multa impuesta por COFECO a
Telcel resultaba muy inferior a las sumas impuestas en otras naciones a
aquellas empresas que han abusado de su poder monopolístico, como Telcel. La
Comisión Europea suele imponer multan a empresas que incurren en prácticas
similares a Telcel por el 10 por ciento de las ventas anuales de la empresa, pero
a nivel mundial.
El pasado 30 de abril la COFECO resolvió aceptar el recurso de
reconsideración que interpuso Telcel para evitar el pago de la referida multa.
A cambio Telcel estableció los siguientes compromisos:
1. Cobrar una tarifa de interconexión de 36.18
centavos por minuto en lugar de los 95 centavos que cobraba en 2011, y
reducirla paulatinamente hasta llegar a 30.94 centavos en 2014.
2. Garantizar estas tarifas de interconexión a través de
una oferta pública para cualquier empresa de telecomunicaciones fija o móvil.
3. Desistirse de todos los litigios interpuestos contra las
resoluciones emitidas para 2011 para por la Comisión Federal de
Telecomunicaciones (COFETEL).
4. Ofrecer planes de contratación y/o promociones que
incluyan minutos utilizables indistintamente para realizar llamadas en su
propia red o cualquier otra.
5. Proporcionar toda la información necesaria que permita
verificar el cumplimiento de estos compromisos.
Como atinadamente destaca la especialista Clara Luz Álvarez: “Los compromisos de Telcel no restauran el daño a la
competencia, ni a los consumidores. Es cierto, pero tampoco la multa les da
mayores ingresos a los competidores, ni les devuelve dinero a los consumidores,
ni éstos recuperan el bienestar perdido. Se ha dicho que la multa tiene un
efecto disuasivo. Es cierto, siempre y cuando se logre mantener en todas las
instancias judiciales, de lo contrario no sirve para nada. ¿Es un mal ejemplo
la terminación sin imputarle responsabilidad a Telcel? Digamos que no es lo
ideal, pero existen muchos casos en que se condonan multas como lo hace el
Servicio de Administración Tributaria”.
Ernesto Piedras oportunamente objetó la decisión de
la COFECO: “¿Realmente somos tan ingenuos (por decir lo menos) como para
pensar que reducir o quitar la multa va a generar los incentivos competitivos
necesarios en el mercado mexicano? Al final, esos incentivos no son un asunto
de buena voluntad, ni de mala, sino que se derivan de la aplicación efectiva
(¡y oportuna!) del marco legal”.
Contrario a lo que algunos analistas suponen, el destino de los
11 mil 989 millones de pesos en las arcas federales en realidad representaba un
tema secundario. Lo verdaderamente crítico radica en el negativo metamensaje
que nos deja la decisión de COFECO: no sancionar a quien incurre en prácticas
monopólicas. Permitir que haga de las suyas, sin ser sancionado. El cabildeo
realizado por Telcel demostró ser efectivo. La simulación impera.
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